19.9.11

Direito ao aborto é direito humano

Destaque:
«En el documento se afirma que (...) la prohibición o la limitación del “acceso al aborto”, se califica como “violatoria de las leyes internacionales", como "discriminatoria contra la mujer" y como "una violación del derecho a vivir libre de tortura".»
Livre de tortura? Será a gravidez e a maternidade uma tortura? O que é que eu não estou a perceber no meio disto tudo?

Amplify’d from www.noticiasglobales.org
ONU: EL CRIMEN DE DEFENDER LA VIDA.

Por Juan C. Sanahuja

El 13 de septiembre se inauguró el 66 período de sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas. La imposición del aborto como derecho humano y entre los Objetivos del Milenio para el Desarrollo no se limita a algunas agencias de la ONU, sino que es política de toda la organización.

En el marco del logro de los Objetivos del Milenio para el Desarrollo y del respeto y la profundización de los derechos humanos, la Asamblea General de Naciones Unidas tratará el informe anual del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, la sra. Navi Pillay. El informe se titula Practices in adopting a human rights-based approach to eliminate preventable maternal mortality and human rights (A/HRC/18/27; 08-07-11). En él se insta a los Estados a eliminar las leyes contra el aborto.

En el documento se afirma que las leyes que impiden o limitan el aborto son un obstáculo para la reducción de la mortalidad materna (Objetivo del Milenio n° 5) y son contrarias a los derechos humanos. En concreto, la prohibición o la limitación del “acceso al aborto”, se califica como “violatoria de las leyes internacionales", como "discriminatoria contra la mujer" y como "una violación del derecho a vivir libre de tortura".

Ni derechos de los padres, ni objeción de conciencia

Entre las llamadas “limitaciones para el acceso al aborto” se incluyen la “necesidad del consentimiento paterno”, en el caso de menores solteras, y la “necesidad del consentimiento del esposo”, en el caso de mujeres casadas. Se entiende también como una limitación que se debe eliminar, la objeción de conciencia de los médicos, y se instruye a los Estados para "organizar los servicios de salud a fin de que el ejercicio de la objeción de conciencia por los profesionales de la salud no impida que las mujeres obtengan acceso a los servicios de salud", entre los que se considera el aborto.

Conviene recordar que estas medidas se encuentran explícitamente enunciadas en la Recomendación General n° 24 del Comité de seguimiento de la Convención de toda forma de Discriminación contra la Mujer de 1999, y en la Observación General n° 14 del Comité del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 2000. Por lo que es lógico afirmar que el sistema de derechos humanos de la ONU está corrompido desde hace mucho tiempo. (Vid. Sanahuja, J. C., El Desarrollo Sustentable. La nueva ética internacional, Vortice, Buenos Aires 2003)

Read more at www.noticiasglobales.org
 

Sem comentários: